El Ajuntament de Lleida abre la convocatoria de ayudas para el transporte adaptado dirigido a personas con discapacidad o dependencia.


La Regidoría de Acción e Innovación Social del Ayuntamiento de Lleida ha publicado la convocatoria de subvenciones correspondiente a la línea L7.2, con el objetivo de facilitar el acceso al transporte adaptado a las personas con discapacidad, movilidad reducida y/o situación de dependencia. Esta línea de apoyo económico pretende favorecer su autonomía personal y garantizar el acceso a los servicios especializados de atención diurna en la ciudad de Lleida.

Objeto de la ayuda
La ayuda tiene como finalidad contribuir a cubrir los gastos derivados del uso de servicios de transporte adaptado para personas con necesidades especiales de movilidad, facilitando así su participación en entornos comunitarios y mejorando su calidad de vida.

Personas beneficiarias
Pueden acogerse a esta convocatoria las personas físicas que cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar empadronadas en el municipio de Lleida.
  • Disponer de un certificado que acredite la movilidad reducida, la necesidad de acompañante o el reconocimiento del grado de dependencia, emitido por el Departamento de Derechos Sociales de la Generalitat de Catalunya.
  • Necesitar, a título individual, el servicio de transporte adaptado para acceder a centros o servicios de atención especializada.
  • No haber recibido ninguna otra subvención o ayuda por el mismo concepto de otras administraciones públicas.

Dotación económica
La convocatoria para el ejercicio 2025 cuenta con una dotación global de 54.000 €, con un importe máximo por solicitud de 3.000 €. La ayuda se otorgará mediante un anticipo del 100% del importe concedido, y en ningún caso podrá superar el coste real de la actividad subvencionada.

Presentación de solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes finaliza el día 8 de septiembre de 2025. Las personas interesadas deben tramitar la solicitud de forma telemática a través de la Sede electrónica del Ayuntamiento de Lleida, aportando la documentación acreditativa pertinente.

Desde ASPID Orienta se ofrece un servicio de acompañamiento y orientación personalizada en la tramitación de la ayuda, especialmente pensado para personas que requieran soporte en el acceso digital o en la comprensión del procedimiento administrativo.

Criterios de valoración
La ayuda se determinará en función de los ingresos anuales de la persona solicitante, según los siguientes tramos, tomando como referencia el Indicador de Renta de Suficiencia de Cataluña (IRSC), fijado para el año 2025 en 9.341,92 euros:

  • Hasta el IRSC anual: 100% del importe solicitado.
  • Entre el IRSC y 1,5 veces el IRSC: 75%.
  • Entre 1,5 y 2 veces el IRSC: 50%.
  • Más de 2 veces el IRSC: 25 %.

Resolución y justificación
El plazo máximo para la resolución y notificación de la concesión de las ayudas será de tres meses desde la presentación de la solicitud. En ausencia de resolución expresa en este plazo, se entenderá desestimada por silencio administrativo. La justificación del gasto subvencionado deberá presentarse en un plazo máximo de tres meses a partir de la finalización de la actividad, y en todo caso antes del 31 de marzo de 2026.
 

Para más información o iniciar el proceso de tramitación, las personas interesadas pueden contactar con ASPID Orienta, el servicio especializado de ASPID para la atención, orientación y apoyo a personas con discapacidad, dependencia o enfermedades crónicas.

 

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